Santo Domingo, RD.- Los representantes
legales de la familia de la menor que falleció por negligencia de
agentes de la Dirección Nacional de Drogas (DNCD) aseguraron que los
involucrados cometieron homicidio voluntario porque aun percatándose de
la situación de la infante retuvieron la ambulancia por alrededor de 25
minutos.
Los abogados Hernán Santana y Osiris Disla
indicaron que el primer teniente José Nicolás Gonzales Duran, el raso
Alex Porfirio Reynoso Gutiérrez y el agente especial Raúl Antonio
Lorenzo Castillo cometieron homicidio voluntario y violaron los
artículos 295 y 304 del Código Procesal Penal.
Al ser entrevistados por el periodista Salvador
Holguín en el programa “Sin Cortapisa“ que se transmite por Teleradio
América, los juristas detallaron que los agentes de la DNCD también
cometieron violación a la ley 136 porque en el incidente estaba envuelta
a una menor de edad.
Hernán y Disla revelaron que la demanda también
incluye a la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) por ser la
tercera civilmente responsable al ser la institución a la que pertenecen
los que provocaron el homicidio voluntario, por lo que el director de
la misma debe resarcir los daños ocasionados.
Los abogados rechazaron la versión de la DNCD
manifestando que si la agencia antinarcótica tenía información de que en
una ambulancia se transportaría droga lo correcto era que le dijeran en
que ambulancia se llevarían los estupefacientes porque estamos en una
sociedad de libre tránsito.
Indicaron que la teoría de la DNCD no es
sustentable ya que ellos pudieron buscar la segunda ambulancia e
introducirle el ataúd para justificar el incidente cometido con la niña
que falleció.
Recordaron que en todas partes del mundo a las
ambulancias y los bomberos siempre se les abre paso y se les facilita el
trayecto porque solo transita en ocasiones de emergencia por lo que la
acción cometida por los agentes de la DNCD debe ser sancionada.
0 comentarios:
Publicar un comentario